Preguntas más Frecuentes
Revisa respuestas claras y rápidas sobre trámites notariales, documentos, escrituras y gestiones comunes dentro de la notaría.
Consultas frecuentes
Aquí encontrarás respuestas a dudas habituales relacionadas con documentos, escrituras, declaraciones, poderes y otros trámites notariales.
- Si se trata de un automóvil particular, se necesita el padrón del vehículo, las cédulas de identidad de vendedor y comprador y el certificado de anotaciones vigentes.
- Si se trata de taxis, camionetas o camiones destinados al transporte de carga ajena, además de lo anterior se requiere dar aviso de la venta al Servicio de Impuestos Internos.
- El certificado de anotaciones permite verificar si el vehículo tiene prenda, embargo u otro impedimento legal para la venta.
- Al momento de la compraventa, las partes deben acreditar el pago del impuesto municipal a la transferencia de vehículos motorizados.
- El testamento es un acto solemne por el cual una persona dispone de todo o parte de sus bienes para después de sus días.
- El testamento solemne abierto debe constar por escrito y otorgarse ante notario y testigos.
- El testamento solemne cerrado también se otorga ante notario y testigos, quedando su contenido reservado.
- Por regla general, no.
- Las escrituras públicas normalmente deben trabajarse sobre la base de una minuta o borrador preparado por abogado, según el tipo de acto.
- En operaciones relevantes, como compraventas de bienes raíces, es altamente recomendable contar con asesoría jurídica previa.
- Se requiere que dos o más personas acuerden constituirla, salvo casos especiales permitidos por ley.
- Debe definirse, idealmente con asesoría jurídica, el tipo de sociedad más conveniente.
- Luego se redacta un borrador y en la notaría se confecciona la escritura pública correspondiente.
- Después debe inscribirse el extracto e iniciarse actividades según corresponda.
- Copia de la escritura por la cual se adquirió la propiedad.
- Certificado de dominio vigente.
- Certificado de hipotecas y gravámenes.
- Certificados de contribuciones y otros antecedentes que permitan estudiar títulos y redactar la compraventa.
Se debe tener claro a quién se desea otorgar el poder y qué facultades se quieren entregar. Con ello se prepara un borrador y la notaría confecciona la escritura pública correspondiente para su firma.
La persona debe concurrir personalmente a la notaría con su cédula de identidad, salvo casos especiales de registro previo de firma. Lo mismo aplica, en general, para cartas poder y autorizaciones simples.
Existen distintos tipos de escrituras según el acto o contrato de que se trate. En materias societarias, una de las formas más comunes es la sociedad de responsabilidad limitada, cuyo contrato debe celebrarse por escritura pública y cumplir con inscripción y publicación cuando corresponda.
Generalmente debe ser traducido y, si corresponde, legalizado o apostillado y protocolizado, según la naturaleza del documento y la normativa aplicable en Chile.
Son actuaciones notariales destinadas a dejar constancia de hechos o situaciones, pudiendo servir como medio de prueba. Deben coordinarse previamente con la notaría.
Son los valores que perciben los notarios por sus actuaciones, conforme al arancel vigente o, en ciertos casos, a regulación especial.
Las letras de cambio y pagarés se encuentran afectos al impuesto establecido por la Ley de Timbres y Estampillas, calculado según el monto de la operación y los topes legales aplicables. También se aplica en otras operaciones, como ciertas transferencias de vehículos y mutuos.